Los jóvenes reciben una asignación “estímulo” que es abonada por la legislatura y por el ministerio.
Dicho convenio tiene como objetivo que los pasantes tomen contacto con el ámbito laboral, contribuyendo efectivamente a la realización de tareas necesarias para la Cámara; Procurar la creación de hábitos operativos para el trabajo y conciencia de responsabilidad que le permitan a los pasantes insertarse en el medio laboral; Tender al cumplimiento de los porcentajes que establece la Ley Nacional 22.431, en el Estado el cuatro por ciento (4%) del total de la planta tiene que ser ocupado por personas con discapacidad y en Mendoza la Ley Provincial Nº 5.041, que establece que el (4%) de las vacantes que se produzcan anualmente deben ser ocupadas por personas con discapacidad.